Empresa Nacional Portuaria y el Indura Beach persisten en acosar Garífunas de Barra Vieja.

Sambo Creek, 20 de Julio del 2016.- A pesar que la Corte Suprema de Justicia desestimó el Recurso de Casación interpuesto por el Indura y la Empresa Nacional Portuaria (EPN) en contra de la Sentencia Absolutoria a favor de la comunidad Garífuna de Barra Vieja, la EPN  y los empresarios asociados al Indura Beach persiste en la persecución jurídica a los miembros directivos del patronato de Barra Vieja.

El 4 de junio de 2015, el Juzgado de Tela dicto una sentencia absolutoria a favor de la comunidad de Barra Vieja, en un juicio donde fueron encausados más de un centenar de los habitantes de la comunidad. La asombrosa actitud asumida por el estado de Honduras a través del Instituto Hondureño de Turismo (IHT), la Empresa Nacional Portuaria y el Indura Beach, ha demostrado la persecución contra el pueblo Garífuna, la que se incrementó a partir del golpe de estado del año 2009.

Loa habitantes de Barra Vieja han padecido de una persecución judicial precedida de varios intentos de desalojo, donde la comunidad garífuna demostró su capacidad para eludir la violencia de las fuerzas de seguridad estatales, que pretendieron atemorizar a al población con su inclinación a la violencia, demostrada en los múltiples desalojos, los cuales suelen ser muy habituales en nuestro país.

Según la sentencia emitida por el Juzgado de Tela, la ENP no pudo demostrar que son dueños de la tierra donde esta ubicada la comunidad de Barra Vieja. Además se señaló que los acusados no son usurpadores, por lo tanto se les suspendieron las medidas sustitutivas a los miembros dela comunidad sindicados en el caso.

Ante la problemática existente en Honduras en materia de titulación, el Juzgado en su sentencia indicó que “este tribunal no duda de la autenticidad de la escritura, no así en lo referente a su contenido en vista de que no se acreditó en el juicio oral mediante las escrituras correspondientes los desmembramientos que se encuentran registradas y que consta en las notas marginales, tampoco se constataron las dimensiones y colindancias de dichos predios, por tal razón se desconoce actualmente cual es la cantidad de hectáreas o manzanas registradas a favor de la Empresa Nacional Portuaria, o del Instituto Hondureño de turismo, del Instituto Nacional Agrario y del Proyecto Bahía de Tela”.

La sentencia demuestra como las diversas instituciones del estado de Honduras y los empresarios han realizado una piñata con el territorio ancestral Garífuna. La asombrosa actitud asumida por el estado a través del Instituto Hondureño de Turismo (IHT), y la  élite de poder económico de apropiarse y repartirse Barra Vieja, utilizando al Poder Judicial, no es más que un despojo que viola convenios jurídicos internacionales, además demuestra la ausencia de ética de los funcionarios públicos.

La presencia Garífuna en Barra Vieja se remonta al año de 1911, y para 1950 se encuentra constituida la comunidad, la que después del huracán Mitch es deshabitada ante la muerte de los cocos y el avance de la erosión costera. En el año 2006 comienzan los antiguos habitantes de Barra Vieja a retornar a su territorio ancestral, y reconstruir sus viviendas.

La E.P.N se encuentra además implicada en el despojo de la comunidad Garifuna de Puerto Castilla, en la que pistola en mano el general Gustavo Alvarez Martinez obligó a la comunidad de Cristales y Río Negro en Trujillo ceder parte de su territorio para la construcción del muelle en Castilla, situación que implicó una relocalización de la comunidad en 1976. En la actualidad existen amenazas de una nueva relocalización de Castilla como parte de la implementación de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), conocida también como Ciudad Modelo.

Exigimos al estado de Honduras, IHT, EPN y empresarios asociados con el Indura Beach, que cesen el hostigamiento y persecución judicial a los dirigentes del Patronato de Barra Vieja. Además a la EPN reconsidere los planes de expulsión de los habitantes de Puerto Castilla, ya que las ZEDE no fueron consultadas en ningún momento con el pueblo Garífuna, tal como exige el Convenio 169 de la OIT.

Cabe mencionar el hecho que en diciembre del 2015, La Corte Interamericana emitió dos sentencias condenatorias contra el Estado Hondureño, por la violación del derecho a la Consulta-Consentimiento Previo Libre e Informada de la comunidad de Triunfo de la Cruz y de la falta de protección y garantía del titulo comunitario otorgado a la comunidad de Punta Piedra.

Organización Fraternal Negra Hondureña, OFRANEH

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